SPagos provisionales de septiembre: vencen el lunes 19, mientras Diputados vota la Ley de Ingresos 2027
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Pagos provisionales de septiembre: vencen el lunes 19, mientras Diputados vota la Ley de Ingresos 2027

ISR, IVA y retenciones de septiembre vencen el lunes 19 de octubre porque el 17 cae en sábado. Qué cambia con la Ley de Ingresos 2027 y qué no.

Escritorio de contabilidad con calculadora, facturas impresas y una laptop con el portal de declaraciones abierto
Escritorio de contabilidad con calculadora, facturas impresas y una laptop con el portal de declaraciones abierto

Los pagos provisionales de septiembre de 2026 (ISR, IVA y retenciones) vencen el lunes 19 de octubre. La fecha normal es el día 17 del mes siguiente, pero este año el 17 cae en sábado y el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación recorre el plazo al siguiente día hábil.

Lo que hace distintos estos días es lo que pasa en paralelo: según la convocatoria de la Gaceta Parlamentaria y lo dicho por Ricardo Monreal, coordinador de Morena en San Lázaro (MVS Noticias, 9 de octubre), la Comisión de Hacienda votaría el dictamen de la Ley de Ingresos 2027 este lunes 12, el pleno empezaría a discutirlo el martes 13, seguiría el miércoles 14 y, si no alcanza, habría una sesión adicional el jueves 15. El límite legal en Diputados es el martes 20 de octubre, y luego el Senado tiene hasta el 31 de octubre.

Lo que vence el lunes 19

Según el calendario de octubre que publicó Carbajal Contadores:

ObligaciónPeriodoFecha límite
Pago provisional de ISR (personas morales y físicas con actividad empresarial)SeptiembreLunes 19 de octubre
Pago mensual de ISR en RESICOSeptiembreLunes 19 de octubre
Declaración mensual de IVASeptiembreLunes 19 de octubre
Retenciones de ISR (sueldos, honorarios, arrendamiento) e IVASeptiembreLunes 19 de octubre
Cuotas del IMSSSeptiembreLunes 19 de octubre
Algunos calendarios ponen la DIOT de septiembre también el 19. La Ley del IVA marca el día 17, pero la regla 4.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 permite presentarla hasta el último día del mes siguiente.

Sobre los días adicionales por el sexto dígito numérico del RFC (de uno a cinco días hábiles, según el decreto de facilidades administrativas), las fuentes no coinciden en quién los puede usar: algunas los limitan a personas físicas y otras los extienden a personas morales con excepciones. No los cuentes sin confirmarlo con tu contador.

Pagar tarde ya cuesta más que el año pasado

Este es el dato que conviene tener presente: la Ley de Ingresos 2026 subió la tasa de recargos. Según Carbajal Contadores, Siempre al Día y Garrido Licona, la tasa por mora pasó de 1.47% a 2.07% mensual, sobre una tasa base de 1.38%. A eso se suma la actualización por inflación y, en su caso, la multa: Siempre al Día recuerda que no presentar una declaración aunque sea en ceros puede costar de 1,810 a 22,400 pesos por cada obligación no declarada, y de 1,810 a 44,790 si la presentas fuera del plazo de un requerimiento del SAT o no lo atiendes (artículo 82, fracción I, del CFF; montos del Anexo 5 de la RMF).

Un pago de 200 mil pesos que se retrasa tres meses genera alrededor de 12,400 pesos solo de recargos.

Qué cambia con la Ley de Ingresos 2027 y qué no

Lo que no cambia: tus pagos de septiembre. Se calculan con las reglas de 2026, se vote lo que se vote. Todo lo que se apruebe ahora entraría en vigor en enero y se notaría desde el primer pago provisional de 2027, que se presenta en febrero.

Sobre el calendario de la votación: el cronograma de la Comisión de Hacienda que circuló en septiembre hablaba de votar el dictamen en el pleno a más tardar el 15 de octubre, y al 9 de octubre la Cámara mantenía esa meta (dictamen en comisión el 12, pleno el 13 y 14, con sesión adicional el 15 si hace falta). La noche del 8 de octubre la Comisión de Hacienda circuló los dictámenes de la Ley de Ingresos, la Ley del ISR y la Ley Federal de Derechos sin modificaciones respecto de la iniciativa, según El Diario de Chihuahua, y la convocatoria de la Gaceta Parlamentaria los lista para aprobarse en comisión el lunes 12 (MVS Noticias). Si en la sesión de comisión o en el pleno se cambia algo, lo contaremos aparte. El límite legal (art. 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria) es el 20 de octubre en Diputados y el 31 de octubre en el Senado. Aquí repasamos ese calendario y por qué tu presupuesto no puede esperarlo.

Lo que sí podría cambiar, según los resúmenes de la iniciativa que publicaron EY, Von Wobeser y La Silla Rota (todo esto es propuesta hasta que se apruebe y se publique):

  • Amortización de pérdidas limitada al 50% de la utilidad fiscal de cada año; el excedente se seguiría amortizando en los años siguientes. Si tu empresa venía compensando pérdidas grandes, el pago provisional de 2027 podría subir.
  • Deducción de intereses limitada al 20% de la utilidad fiscal ajustada, en lugar del 30%.
  • RESICO: una opción de IVA al 7% sin acreditamiento sobre lo efectivamente cobrado. Von Wobeser reporta además que los topes subirían de 3.5 a 5 millones de pesos para personas físicas y de 35 a 50 millones para personas morales, y que el régimen sería opcional para las morales; EY no da cifras de esos topes.
  • Retención sobre intereses bancarios a personas físicas: baja de 0.90% a 0.68% anual.
  • Recargos: la iniciativa mantiene la tasa base de 1.38% mensual, así que la de mora seguiría en 2.07%.

Por separado, el paquete trae las nuevas facultades del SAT para revisar con análisis masivo de datos y las reglas más estrictas de cancelación de CFDI, y a principios de octubre el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, de Morena, insistió en que el combate a las empresas factureras sea uno de los ejes, según La Silla Rota.

Qué hacer esta semana

  1. Cierra septiembre a más tardar el miércoles 14. Concilia los CFDI emitidos y recibidos contra contabilidad y bancos.
  2. Revisa el CFDI de los proveedores nuevos antes de acreditar el IVA.
  3. Paga el viernes 16, no el lunes 19. El portal y los bancos se saturan el último día y un rechazo a las 11 de la noche ya genera recargos.
  4. Si tienes pérdidas por amortizar o estás en RESICO, pídele a tu contador una simulación con las reglas propuestas.
  5. Pregunta a tu proveedor de sistemas si tu ERP o tu sistema de facturación ya contempla los cambios posibles (IVA opcional de RESICO, nueva mecánica de pérdidas) y si la actualización viene incluida; si todavía facturas desde el portal gratuito del SAT, este es buen momento para comparar.

Y una fecha más en el horizonte: desde enero de 2027 arrancan las multas por no tener habilitado el Buzón Tributario.

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Andrea Fuentes

Consultora en transformación digital y sistemas empresariales. Acompaña a PyMEs mexicanas en la digitalización de sus operaciones.

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