El 30 de noviembre de 2026 entran en vigor las nuevas Reglas de Carácter General de la ley antilavado (LFPIORPI). Las publicó Hacienda en el Diario Oficial el 7 de agosto como Acuerdo 115/2026, y le tocan a toda empresa que realiza alguna actividad vulnerable: vender autos, construir o desarrollar inmuebles, blindar, otorgar créditos, comerciar joyas o arte, organizar sorteos, entre otras.
Faltan seis semanas para la fecha general, y lo más pesado llega en 2027. Este es el momento de ver qué cambia y qué le toca a tu sistema.
Las fechas que importan
Con base en los análisis de Pérez Correa González (14 de agosto) y CumplimientoPLD (8 de agosto), que coinciden en el calendario:
| Fecha | Qué entra |
|---|---|
| 30 de noviembre de 2026 | Entrada en vigor general del Acuerdo |
| 1 de marzo de 2027 | Metodología de evaluación de riesgos, clasificación de clientes, política de conocimiento del cliente, nueva prelación del beneficiario controlador, Manual de Cumplimiento y filtros de selección de personal |
| 1 de enero a 31 de diciembre de 2027 | Primer programa anual de capacitación obligatoria |
| 1 de junio de 2027 | Mecanismos automatizados de monitoreo y nuevos supuestos de aviso por sospecha |
| 30 de agosto de 2027 | Consulta PEP 2.0 para verificar personas políticamente expuestas |
| 2028 | Primer año sujeto a auditoría de cumplimiento; el dictamen se entrega a más tardar el último día hábil de marzo de 2029 |
Los nuevos tipos de aviso por sospecha, que se presentan dentro de las 24 horas siguientes a conocer el hecho, se aplican seis meses después de que entren en vigor sus formatos oficiales. Esa fecha ya está definida: la UIF publicó en el DOF el 24 de septiembre de 2026 la resolución que modifica los formatos de avisos, con efectos desde el 1 de diciembre de 2026, así que los nuevos supuestos aplican a partir del 1 de junio de 2027; hasta entonces, los avisos de 24 horas se siguen presentando con el régimen y los formatos actuales (IDC Online, 25 de septiembre de 2026). Algunas fuentes hablan de obligaciones escalonadas hasta 2028 y otras hasta 2029; conviene revisar los transitorios en el DOF con tu asesor.
Cuánto es en pesos
Las reglas no cambian los umbrales de la ley, pero conviene tenerlos a la mano. Con la UMA diaria de 2026 de 117.31 pesos (cifra que cita Siempre al Día con base en el INEGI):
| Actividad | Identificar al cliente desde | Presentar aviso desde |
|---|---|---|
| Venta de vehículos | 3,210 UMA, unos $376,565 | 6,420 UMA, unos $753,130 |
| Blindaje de vehículos o inmuebles | 2,410 UMA, unos $282,717 | 4,815 UMA, unos $564,848 |
| Recepción de recursos para desarrollo inmobiliario | En toda operación (la ley no fija umbral) | 8,025 UMA, unos $941,413 |
Si tu giro es otro, revisa tu fracción del artículo 17: cada actividad tiene sus propios montos.
Qué cambia en la práctica
- Beneficiario controlador con orden fijo. Para una persona moral, primero se busca a quien tenga 25 % o más del capital; si no hay, a quien controle por otros medios; y si tampoco, a quien ocupe el cargo administrativo más alto.
- Clientes clasificados por riesgo (bajo, medio, alto) y con perfil transaccional: montos, frecuencia, zona, origen y destino de los recursos, actividad económica.
- Manual de Cumplimiento obligatorio con tu metodología de riesgo.
- Conservación por 10 años de la documentación soporte, aplicable a operaciones desde el 17 de julio de 2025 por la reforma a la ley.
- Capacitación anual con evaluación para directivos, el encargado de cumplimiento y el personal operativo que atiende clientes.
- Auditoría anual, interna si tu riesgo es bajo o medio, externa e independiente si es alto.
Qué hacer antes del 30 de noviembre
- Confirma si eres sujeto obligado y en qué fracción. Si vendes autos, construyes, prestas dinero o das servicios profesionales que manejan recursos de clientes, revísalo con tu contador o abogado.
- Revisa tu alta en el padrón de actividades vulnerables del SAT y que tu representante de cumplimiento esté al día.
- Ordena tu base de clientes. Los expedientes nuevos exigen datos que hoy probablemente están incompletos o duplicados; limpiar la base de datos de clientes es el primer paso.
- Agrega los campos que faltan en tu ERP o CRM: beneficiario controlador, grado de riesgo, perfil transaccional esperado y forma de pago. Así cada factura queda ligada a un expediente y las operaciones se agrupan solas por cliente.
- Programa alertas por monto acumulado, no solo por operación. Varios pagos chicos del mismo cliente pueden rebasar el umbral sin que nadie lo note.
- Protege lo que vas a guardar. Vas a conservar más datos personales y por más tiempo; aplica lo que exige la ley de protección de datos.
- Deja calendarizados el manual y la metodología para el 1 de marzo, y la herramienta de monitoreo para el 1 de junio de 2027.
El cuadro completo
El SAT ya cruza facturas y relaciones entre contribuyentes con análisis de grafos, y estas reglas empujan en la misma dirección: la autoridad espera que tú también conozcas a tu cliente con datos, no con memoria. Si todavía controlas ventas y cobranza en hojas de cálculo, este es un buen argumento para comparar Excel contra un ERP antes de que llegue junio. Y si tu negocio todavía recibe mucho efectivo, vale la pena revisar cómo mover cobros a medios digitales, que además dejan rastro automático.
En Syswork ayudamos a adaptar el ERP o el CRM para que el expediente, las alertas y los reportes salgan del mismo sistema donde ya facturas. La interpretación legal de tu caso corresponde a tu asesor de cumplimiento.



