SDecreto de entornos digitales para menores: si tu app o tu sitio deja que los usuarios publiquen, revisa si te toca antes del 13 de noviembre
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Decreto de entornos digitales para menores: si tu app o tu sitio deja que los usuarios publiquen, revisa si te toca antes del 13 de noviembre

El decreto del 14 de octubre de 2026 obliga a las plataformas a verificar edad y proteger a menores, y da 30 días para informar. A quién aplica y qué preparar.

Pantalla de registro de una aplicación con un candado y una casilla de verificación de edad
Pantalla de registro de una aplicación con un candado y una casilla de verificación de edad

El 14 de octubre de 2026, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. Entró en vigor el mismo día y da a las plataformas 30 días naturales para documentar e informar qué medidas aplicaron. Contado desde el día siguiente, el plazo vence alrededor del viernes 13 de noviembre.

Los titulares hablan de redes sociales y videojuegos, pero la definición es más amplia: una PyME con app, comunidad en línea o plataforma educativa podría estar dentro.

A quién aplica

El artículo 2 define plataforma digital como el servicio que prestan intermediarios por internet y que permite la interacción, comunicación, generación, difusión o compartición de contenidos entre personas usuarias, entre otros fines para ofrecer, comercializar o intermediar bienes, servicios, aplicaciones o contenidos. Cita como ejemplos redes sociales, videojuegos y tiendas de aplicaciones, pero la lista no es cerrada.

Lo que no trae el decreto también importa:

  • No hay umbral. No fija número de usuarios, facturación ni tamaño de empresa.
  • No define "proveedor" ni dice qué autoridad recibe el informe de los 30 días.
  • No incluye sanciones.

Con esa definición, vale la pena revisarse si tu negocio tiene, por ejemplo:

Tipo de servicio¿Hay interacción entre usuarios?Revísalo
Tienda en línea solo con catálogo y pagoNoProbablemente fuera
Tienda con reseñas, preguntas públicas o mercado de tercerosSíSí
App de gimnasio, escuela o club con chat o muroSíSí
Plataforma de cursos con foros o gruposSíSí
Videojuego o app con mensajes entre jugadoresSíSí, de lleno
Chatbot de atención en tu sitioNo entre usuariosProbablemente fuera

Es nuestra lectura de la definición, no una interpretación oficial.

Qué exige

El artículo 3 prohíbe que las plataformas permitan que menores accedan, se expongan o reciban recomendaciones de contenido de acoso y ciberacoso, abuso o explotación sexual, discursos de odio o extremismo violento, apología del delito, pornografía, y suicidio, autolesiones o trastornos alimenticios.

Los artículos 4 y 5 traducen eso en obligaciones concretas:

  1. Verificar la edad con mecanismos "confiables y seguros" que no se limiten a la autodeclaración. La casilla de "tengo más de 18" ya no basta.
  2. Publicar criterios de clasificación por edad, moderación y retiro de cuentas y contenidos.
  3. Retirar de inmediato las cuentas o contenidos prohibidos.
  4. Botón de reporte accesible, visible y siempre disponible.
  5. Supervisión parental sobre cuentas de menores.
  6. Seguridad desde el diseño y, al crear una cuenta nueva, la configuración de privacidad y seguridad más estricta activada por defecto.
  7. Evaluaciones periódicas de riesgos (diseño, funciones, sistemas de recomendación, interacción entre usuarios) y reportes estadísticos para las autoridades.
  8. Un punto de contacto 24/7 para autoridades de procuración e impartición de justicia, con capacidad técnica de actuar de inmediato.
  9. Conservar la evidencia de cuentas o contenidos retirados al menos 90 días hábiles, y alertar de inmediato a las autoridades cuando haya riesgo para un menor.

Fuente: texto del decreto en el DOF del 14 de octubre de 2026.

El decreto no dice cómo verificar la edad ni menciona la protección de datos. Pero pedir una identificación, una selfie o una fecha de nacimiento es tratar datos personales, y en el caso de menores con especial cuidado. Antes de pedir una INE a todos tus usuarios, piensa qué necesitas de verdad, cuánto lo guardas y cómo lo dices en tu aviso de privacidad.

Qué hacer antes del 13 de noviembre

  1. Decide si te toca. Haz la lista de funciones de tu app o sitio donde los usuarios publican, comentan, envían mensajes o suben archivos. Si no hay ninguna, deja constancia de ese análisis y listo.
  2. Revisa el registro. Si tienes usuarios menores, o no puedes descartarlo, define cómo vas a estimar la edad más allá de la autodeclaración. Hay opciones de menor a mayor intrusión: validación por el adulto que paga, verificación con un tercero, revisión documental solo en casos de riesgo. Elige la mínima que puedas defender.
  3. Cambia los valores por defecto. Perfiles privados, mensajes solo de contactos, ubicación apagada y sin recomendaciones personalizadas para cuentas nuevas.
  4. Pon el botón de reporte y un flujo de moderación. Alguien responsable, tiempos de respuesta y un registro de lo que se retira. Ese registro te sirve para la conservación de evidencia de 90 días hábiles.
  5. Publica tus criterios. Unas reglas de la comunidad en lenguaje claro, con qué se retira y por qué.
  6. Nombra el contacto para autoridades y documenta cómo te localizan fuera de horario.
  7. Arma el expediente. El informe del transitorio cuarto pide documentar lo que implementaste: qué funciones tienes, qué cambiaste, en qué fecha y quién es responsable. Aunque no dice a quién entregarlo, tenlo listo.

Lo que sigue abierto

El decreto es un primer paso y lo dice: instruye a la Consejería Jurídica a instalar una mesa de trabajo para preparar propuestas de regulación, sin plazo. Según Expansión (14 de octubre), la presidenta Claudia Sheinbaum dijo que, si las plataformas no cumplen, se pasaría a una ley con sanciones, y el seguimiento quedará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

Es el mismo patrón que vimos con la Ley de Economía Digital y con la regulación de IA, que todavía no tiene ley general: reglas que llegan por partes y que conviene adelantar antes de que traigan multas. Para la parte de datos, nuestra guía para proteger los datos de tus clientes conforme a la LFPDPPP y el resumen de lo que cambió en la ley de datos en 2025 te ayudan a no resolver un problema creando otro.

Si tu app o tu sitio tiene registro, comentarios o chat, en desarrollo de software ajustamos el registro, la moderación y la privacidad por defecto, y en ciberseguridad te ayudamos a guardar la evidencia y los datos de verificación sin abrir un riesgo nuevo.

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// Autor

Consultora de Transformación Digital

Andrea Fuentes

Consultora en transformación digital y sistemas empresariales. Acompaña a PyMEs mexicanas en la digitalización de sus operaciones.

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