La Secretaría de Economía amplió la lista de mercancías que deben demostrar el cumplimiento de una Norma Oficial Mexicana en el momento de entrar al país. El acuerdo, publicado en el Diario Oficial del 28 de septiembre de 2026 y firmado por el secretario Marcelo Ebrard, modifica el Anexo 2.4.1 (el llamado Anexo de NOM) de las reglas de comercio exterior.
La parte con fecha próxima es la de celulares y otros equipos terminales móviles: las normas NOM-221-SCFI-2017 y NOM-221/2-SCFI-2018 se volverán exigibles en la aduana a los 30 días hábiles de la publicación, que caen el lunes 9 de noviembre de 2026 (o el martes 10, según cómo se cuente el 2 de noviembre). Si importas teléfonos u otros equipos de esa partida, ese embarque que viene en camino puede ser el primero en toparse con la nueva revisión.
Qué se agregó y desde cuándo
| Norma | Qué regula | Mercancías | Exigible en aduana |
|---|---|---|---|
| NOM-012-CONAGUA-2021 | Grifería, válvulas y accesorios para agua potable | Fracciones de los capítulos 39, 40, 69, 73, 83 y 84 (tubos, mangueras, muebles sanitarios, válvulas) | 29 de septiembre de 2026 |
| NOM-033-ENER-2019 | Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna | Fracciones 8501.10.10, 8501.20.05, 8501.40.08, 8501.40.99, 8501.51.02 y 8501.51.99 (motores de 1 W a menos de 180 W) | 29 de septiembre de 2026 |
| NOM-221-SCFI-2017 | Código IMEI y que no se bloquee la radio FM en equipos móviles | Fracción 8517.18.99 | 9 o 10 de noviembre de 2026 |
| NOM-221/2-SCFI-2018 | Especificaciones técnicas de equipos móviles que operan en las bandas de 700, 800, 850, 1900, 1700/2100 y 2500 MHz | 8517.13.01, 8517.14.91, 8517.18.99, 8517.62.17 y 8517.69.99 | 9 o 10 de noviembre de 2026 |
Fuentes: acuerdo de la Secretaría de Economía en el DOF del 28 de septiembre de 2026 (transitorio único) y resúmenes de Vicer, J.A. del Río y CJ Aduanero.
Qué significa en la práctica
Las NOM-221 no son nuevas: se publicaron en el DOF en 2018 y 2019 (16 de agosto de 2018 y 12 de diciembre de 2019). Lo que cambia es dónde se revisan. Al quedar en el Anexo 2.4.1, el importador tiene que acreditar el cumplimiento en el punto de entrada, con la documentación que corresponda a cada norma, y el agente aduanal la declara en el pedimento. Sin esa evidencia, la mercancía puede quedarse detenida o ser rechazada.
Cada fracción tiene una acotación en el anexo que precisa qué mercancía queda dentro. En el caso de los equipos móviles, se trata de aparatos que pueden usar el espectro radioeléctrico o conectarse a redes de telecomunicaciones; la descripción exacta hay que leerla en el texto del DOF, no en resúmenes.
A quién le pega
- Importadores y comercializadoras de celulares y accesorios con conectividad, incluidas las que traen equipos de marcas poco conocidas por paquetería o consolidado. Son las que más probablemente no tienen certificado por modelo.
- Empresas que importan equipos para su propia operación: por ejemplo, terminales portátiles con línea celular para almacén o reparto. Si su fracción cae en la lista, la regla aplica igual aunque no los revendas.
- Distribuidores de material hidráulico y de motores, que ya están bajo la nueva revisión desde el 29 de septiembre.
- Quien compra en México no tiene que acreditar nada en la aduana, pero puede notar retrasos o falta de algunos modelos si su proveedor importa sin certificado.
Hay un argumento de fondo a favor de la medida: la NOM-221 exige, entre otras cosas, que el equipo tenga un IMEI válido. Los celulares de origen dudoso son justo los que han aparecido con malware de fábrica en equipos Android baratos. Va en la misma línea que el registro de líneas celulares que ya obliga a las empresas: más control sobre qué equipos y qué líneas operan en el país.
Qué hacer antes del 6 de noviembre
- Revisa tus fracciones. Saca de tu sistema las compras al extranjero de los últimos doce meses y filtra las fracciones 8517.13.01, 8517.14.91, 8517.18.99, 8517.62.17 y 8517.69.99, además de las de grifería y motores. Si tu ERP no guarda la fracción por artículo, pídesela a tu agente aduanal con los pedimentos.
- Confirma la acotación con tu agente aduanal. Que te diga por escrito si cada producto queda dentro y qué documento va a pedir en el despacho.
- Pide al fabricante o proveedor del extranjero el certificado por modelo. Si no lo tiene, cotiza con un organismo de certificación acreditado y considera el tiempo de pruebas; no se resuelve en una semana.
- Ubica lo que viene en camino. Los embarques que lleguen después del 9 de noviembre ya entran con la regla nueva; el acuerdo no trae excepción para mercancía en tránsito. Si no hay certificado, valora adelantar el despacho o retrasar la compra.
- Súmalo al resto del calendario aduanero. En noviembre también arranca por etapas la Manifestación de Valor Electrónica. Conviene revisar ambas cosas en la misma reunión con el agente aduanal.
- Deja los datos en el catálogo. Agrega a cada artículo la fracción arancelaria, la NOM aplicable, el número de certificado y su vigencia, y haz que el área de compras no pueda liberar una orden de importación sin ellos.
Contexto
Es el tercer cambio de comercio exterior en un mes que toca a PyMEs: el Anexo de NOM, el calendario de la Manifestación de Valor Electrónica y el arancel cero para partes de ensamble automotriz. Ninguno es difícil por sí solo; el problema es enterarse cuando el embarque ya está detenido.
Si necesitas ordenar el catálogo, la información de importación y los permisos de compras dentro de tu sistema, en ERP lo configuramos para que la próxima modificación se resuelva con un reporte y no con una crisis en la aduana.



